
En este artículo comento:
- El régimen especial de devolución del IVA a no establecidos (modelo 360): normativa de los artículos 119, 119 bis y 117 bis LIVA, y su desarrollo en el RIVA.
- Cómo se rellena el formulario paso a paso: país, causa de presentación, ámbito de establecimiento, devolución solicitada y anexos.
- Tres criterios menos conocidos: la excepción de reciprocidad en el régimen exterior de la Unión, el envío de bienes propios a otro Estado y la localización del acceso a eventos.
- Seis criterios del TEAC extraídos de un caso práctico real: cauce obligatorio, alquiler de maquinaria con operario, prueba del pago, establecimiento permanente por obra, plazo de caducidad y los límites de la propia AEAT para detener una solicitud.
Índice
Cuando una empresa paga IVA fuera de su territorio de establecimiento (una factura de hotel, un alquiler de maquinaria, un proveedor local) no siempre puede deducirlo en su propia autoliquidación. Para eso existe el modelo 360, el régimen especial de devolución del IVA a empresarios no establecidos que en este artículo comento con detalle, incluyendo su tramitación y los criterios que marcan quién tiene derecho a recuperarlo y quién lo pierde sin saberlo.
No es un trámite menor ni intercambiable con el procedimiento general de devolución. El cauce elegido, el tipo de servicio contratado, la duración de una obra o incluso la prorrata de deducción del solicitante pueden decidir si la devolución procede o se deniega, y así lo confirman varias resoluciones recientes del TEAC que analizo en este artículo.
Repaso la normativa completa (artículos 119, 119 bis y 117 bis LIVA, y su desarrollo en el RIVA), explico paso a paso cómo se cumplimenta el formulario, y cierro con un caso práctico que reúne seis situaciones reales en las que ese derecho a la devolución se puso a prueba.
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