
En este artículo repasamos:
- Por qué la Agencia Tributaria debería aplicar los criterios del TEAC desde el primer pronunciamiento, sin esperar a que sean “reiterados”.
- Cómo la doctrina del TJUE sobre el IVA reducido en la entrega de vivienda (caso C-218/21) debería anticiparse, no solo padecerse.
- El refuerzo de las facultades de gestión e inspección en IRPF, IVA e Impuesto sobre Sociedades, y los límites del régimen especial de reestructuraciones.
- Las luces y sombras del régimen sancionador en su aplicación práctica frente a errores reiterados por desconocimiento.
- La colaboración entre administraciones, el papel del Registro Mercantil y los retos de la IA y VERI*FACTU.
Índice del artículo
Cada año, cuando se publican las directrices generales del Plan de Control Tributario 2025 y, en paralelo, seguimos el desarrollo del Plan Estratégico 2024-2027 de la Agencia Tributaria, me hago la misma pregunta: ¿son estos planes coherentes entre sí, y se aplican con el rigor que prometen? En este artículo analizo ambos documentos desde un punto de vista crítico, pero objetivo, sin sesgos ni radicalismos.
Repaso la posición procesal de la Administración frente al cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, la aplicación de los criterios del TEAC y del TJUE, el refuerzo de las facultades de gestión e inspección, el régimen sancionador y su graduación, la colaboración entre administraciones y, para cerrar, las novedades en inteligencia artificial y VERI*FACTU.
Mi propósito no es polemizar por polemizar. Es señalar, con ejemplos concretos, dónde creo que la teoría de estos planes se aleja de su aplicación práctica, y dónde, por el contrario, comparto plenamente la dirección que se ha tomado.
Contenido exclusivo para suscriptores
Si ya tienes cuenta, inicia sesión abajo. Si no, accede al análisis fiscal de Basilio Sáez Lorenzo.
