
En este artículo repasamos:
- Qué operaciones y documentos quedan sujetos a la modalidad AJD del ITP
- Cómo se determina la base imponible, con especial atención a los derechos reales de garantía
- Los tipos impositivos aplicables según la comunidad autónoma
- El tipo incrementado de AJD en las transmisiones inmobiliarias con renuncia a la exención de IVA
- Jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo: sentencia 627/2025
Índice de contenidos
Para los despachos profesionales, los actos jurídicos documentados representan uno de los focos de atención más habituales en operaciones inmobiliarias, mercantiles y financieras. Esta modalidad del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) se activa cuando se formalizan documentos notariales, mercantiles o administrativos con contenido valuable e inscribible en registros públicos, por lo que su impacto en la planificación fiscal de los clientes puede ser determinante.
A diferencia de las modalidades de TPO u Operaciones Societarias, el AJD presenta una casuística propia que exige un análisis detallado en cada operación: el tipo aplicable varía por comunidad autónoma, la base imponible tiene reglas específicas para los derechos reales de garantía, y la renuncia a la exención de IVA puede activar un tipo incrementado que no siempre se anticipa con la antelación necesaria.
En este artículo, Basilio Sáez analiza los aspectos más relevantes del AJD para el ejercicio profesional diario: desde las operaciones sujetas y la determinación de la base imponible hasta los tipos autonómicos y las particularidades de la renuncia a la exención de IVA, con atención específica a la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo.
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