
En esta newsletter repasamos:
- La exención para ayudas por incendios forestales y emergencias de protección civil (desde el 26 de agosto de 2025)
- La reducción aplicable a rendimientos del trabajo de artistas obtenidos de manera excepcional
- La libertad de amortización para inversiones en energías renovables con entrada en funcionamiento en 2023, 2024 y 2025
- El nuevo tramo del 30% en la base liquidable del ahorro para rentas superiores a 300.000 €
- Criterios recientes del TEAR de Cataluña y del TEAR de Murcia sobre deducciones de eficiencia energética, y la nueva deducción para perceptores del SMI
Índice de contenidos
- Exenciones: ayudas por emergencias de protección civil
- Rendimientos del trabajo: reducción para artistas
- Rendimientos de actividades económicas: libertad de amortización renovable
- Base Liquidable del Ahorro: nuevo tramo del 30%
- Deducciones de Cuota Íntegra: eficiencia energética y vehículos eléctricos
- Deducciones de Cuota Líquida Total: deducción para perceptores del SMI
Esta newsletter de abril recoge los cambios normativos y criterios interpretativos más relevantes para la liquidación del ejercicio 2025, estructurados siguiendo el propio esquema de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El repaso abarca desde las nuevas exenciones vinculadas a emergencias de protección civil hasta la modificación del tipo máximo de la base liquidable del ahorro, pasando por la libertad de amortización para inversiones en energías renovables, los criterios más recientes de los Tribunales Económico-Administrativos Regionales sobre deducciones de eficiencia energética, y la nueva deducción destinada a suprimir el gravamen sobre los perceptores del salario mínimo interprofesional.
A continuación se desarrolla cada epígrafe con el detalle necesario para que el despacho pueda aplicarlo con seguridad, identificar las opciones que requieren ejercicio expreso antes del plazo reglamentario y anticipar los supuestos donde la jurisprudencia más reciente puede resultar determinante.
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