
En este artículo repasamos:
- Resolución del TEAC de 25 de junio de 2025 (RG 4214/2024) sobre presunción de afectación de vehículos mixtos.
- Resolución del TEAR de Valencia RG 46/18790/2015 de 26 de septiembre de 2018 que lleva el criterio al IVA.
- Dos apoyos prácticos para incorporar al escrito de alegaciones en defensa del 100% de la deducción.
El artículo 95.Tres de la Ley del IVA presume la afectación del vehículo a la actividad en un 50%, y Hacienda suele apoyarse en esa presunción para regularizar al asesor que ha deducido el 100% de las cuotas soportadas. Cuando llega el momento de redactar las alegaciones ante el TEAR, la cuestión no es teórica: se trata de encontrar resoluciones concretas que respalden la deducción íntegra en casos asimilables.
Este modelo de alegaciones recoge dos resoluciones que conviene tener localizadas y citadas en cualquier escrito sobre deducción IVA vehículos al 100%: un pronunciamiento reciente del TEAC sobre la presunción de afectación y una resolución previa del TEAR de Valencia que ya trasladó el mismo criterio al terreno del IVA.
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