
En este artículo repaso:
- El mecanismo de la limitación a la deducibilidad de gastos financieros del artículo 16 LIS.
- Cómo se traslada este límite al régimen de consolidación fiscal (artículos 63 y 67 LIS).
- Un caso práctico completo con la hoja de trabajo BS Fiscal, primero en términos individuales y después consolidados.
- Cómo se reparte el gasto financiero no deducible entre las entidades del grupo, siguiendo el criterio de la Resolución de la DGT de 16 de julio de 2012.
- Los ajustes que corresponden en los modelos 200 y 220.
Índice
Recuerdo aquellos años 2012 y 2013, cuando comenzaron a llegar requerimientos por cumplimentar incorrectamente los datos informativos de la limitación a la deducibilidad de gastos financieros. No voy a excusar a quien no le prestó atención, pero creo que ni tan siquiera la propia administración pensó que en un estado de Pymes, poca gente le daría importancia a algo que como mínimo tiene la cifra de un millón de euros.
A pesar de lo anterior, saber el mecanismo de la limitación a la deducibilidad de gastos financieros es crucial para el asesor, sobre todo en el régimen de consolidación fiscal donde las cosas se complican.
Vamos a comenzar con los preceptos de aplicación, para después mostrar de forma práctica las hojas de trabajo BS Fiscal que te pueden ser de ayuda en estos días.
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